El acarreo en la Ciudad pasa a costar 55.000 pesos

Se debe al nuevo esquema tarifario de infracciones, que rige a partir del 1 de marzo.

Desde marzo, los conductores de la Ciudad de Buenos Aires empezaron a pagar un costo mayor de acarreo por mal estacionamiento. Dada la resolución nueva, se aumentó el pago de la grúa a un monto de 55.000 pesos.

Dicho ajuste coincide con la actualización semestral que suele aplicar el Gobierno porteño para el conjunto de los valores de las multas de tránsito.

Según la resolución de la Secretaría de Tránsito, además del importe establecido por acarreo, se deberá abonar un recargo diario de $10.000, en caso de que no se realice el trámite de retiro del vehículo de inmediato, mientras que es de $7.000 para las motos.

El actual sistema de acarreo se estatizó y quedó a cargo directamente por el Gobierno porteño, a través de AUSA. Con el traspaso del servicio al Estado y la entrada en vigencia de las restricciones normativas, el promedio de remociones bajó a 6.000 vehículos por mes.

Por ejemplo, el mal estacionamiento es la tercera falta de tránsito más frecuente que se comete en la Capital Federal, junto con el exceso de velocidad y el cruce con semáforo en rojo. El valor de la multa por esta conducta subió 73.162 pesos.

Cabe aclarar que los montos varían según las complicaciones que generan al resto de los conductores. Si la infracción obstruye una rampa para personas con discapacidad o una parada de colectivo, la tarifa que hay que pagar asciende a $219.486. Mientras que estacionar en carriles exclusivos o del Metrobus, la sanción económica alcanza los 109.743 pesos.

En el caso del costo adicional de las grúas, el incremento se aplica en un contexto de cambios normativos que desde diciembre de 2022 limitan el accionar del sistema de acarreo. Después de una intensa polémica, la Legislatura porteña aprobó ese año una reforma del Código de Tránsito que impide que se remuevan vehículos que simplemente tengan el estacionamiento vencido o que no hayan abonado el parquímetro, dos de las situaciones que anteriormente motivaban la mayor cantidad de remolques de vehículos.

La normativa vigente sólo permite la remoción cuando el vehículo representa una obstrucción al tránsito. Esto incluye casos en los que se interrumpen rampas de acceso para personas con discapacidad, paradas de colectivos, cajones de carga y descarga o zonas con prohibición de estacionamiento las 24 horas. También se autoriza el acarreo durante obras públicas o operativos de poda, sin que el conductor deba pagar por el servicio en esos casos.

Entre las restricciones incorporadas por la nueva legislación se encuentran también la prohibición de acarrear vehículos detenidos en doble fila de forma transitoria, los vehículos pesados como camiones y casas rodantes, y los que están detenidos por más de 48 horas en el mismo lugar, situación en la que se los considera abandonados, pero no son objeto de acarreo.

Cuando un vehículo es removido, la grúa deja un sticker informativo que indica la dirección exacta de la playa de acarreo a la que fue trasladado. El procedimiento es realizado por un agente de tránsito que acompaña cada unidad y se encarga de documentar la infracción y registrar el operativo.

Para recuperar el vehículo, el conductor debe presentarse con la licencia de conducir, la cédula verde o azul y el comprobante del seguro del auto. Solo después de abonar el monto del acarreo se permite el retiro del rodado. La multa correspondiente a la infracción se emite por separado y también debe ser pagada.

Cabe aclarar que que si el vehículo sufrió daños durante el traslado, la operadora de las grúas debe hacerse cargo a través de un seguro obligatorio. Si el conductor considera que la remoción fue indebida, puede presentar un descargo ante el Controlador de Faltas en la sede de Regimiento de Patricios 65, en Barracas, de lunes a viernes de 8 a 19.