Tras casi cuatro a??os de existencia y tras las denuncia de vecinos y organizaciones ser?? controlado su funcionamiento para evitar irregularidades.
La Auditoria de la Ciudad en su Plan Anual para el a??o 2015 y por la intervenci??n de la Legislatura de la Ciudad, comenz?? a auditar las 15 Comunas de la Ciudad.
Desde hace m??s de tres a??os que los Organismos de Control de las Comunas como la Auditoria y Sindicatura por arreglos pol??ticos no controlaban a las Comunas.
El Espacio Vecinal 9, por medio de Sergio Narkevicius, Vanina Cantero y Augusto Mart??nez y Elio Pintos presentaron denuncias y pruebas que tanto la Comuna 9, como el resto de las Comunas no cumpl??an con sus funciones y solicitaron que intervengan los organismos de Control de la Ciudad.
La Defensor??a de la Ciudad, pudo constatar las denuncias y tuvo que emitir una Resoluci??n la 0505/2014 para que la Comuna 9 responda los pedidos informe por medio de Ley 104 y entregue informaci??n p??blica a los vecinos, sobre su trabajo.
Quedo constatado que hasta la fecha se niegan a dar informaci??n p??blica y no le respondieron a la Defensor??a de la Ciudad los pedidos de informaci??n, no cumpliendo con dicha Resoluci??n siendo esto obligatorio que lo hagan.
Esto son motivos graves para que los vecinos puedan pedir la intervenci??n de las Comunas a la Legislatura y la destituci??n de toda la Junta Comunal por mal cumplimiento de Funcionario P??blico ante la Justicia.
El 29 de Julio del 2013 con expediente 1754/2013 se pidi?? a la Auditoria de la Ciudad que comience a auditar las Comunas, presentando escritos y las pruebas pertinentes, ya que las Comunas no cumpl??an con sus funciones. Se solicit?? Auditen a las Comunas en el Plan Anual del a??o 2014, la Auditoria de la Ciudad desestimo dicho pedido y denuncias.
El Espacio Vecinal 9 tuvo que solicitar a la Legislatura por medio de un escrito del 02/9/2014 que intervenga y obligue a la Auditoria de la Ciudad a cumplir con su obligaci??n que le establece la Ley 1777.
Este escrito fue presentado a la Comisi??n Especial de Organismos de Control de la Legislatura y a todos los legisladores que la componen.
Parte del informe presentado:
El 30 de julio del 2013, se present?? ante la Auditor??a, la Sindicatura y la Defensor??a del Pueblo de la Ciudad, una denuncia por el incumplimiento de varias leyes por parte de la Junta Comunal de la Comuna 9, que comprende los barrios de Liniers, Mataderos y Parque Avellaneda.
Del acta se desprende que los juntitas N??stor Dinatale, Estela Martelotta, Ernesto Smania, Hern??n Miguez, Aixa Rocha, Gabriela Mart??nez y Rub??n Tzanoff, no cumplen con los pedidos solicitados por medio de la Ley n?? 104 de Acceso a la Informaci??n, la Ley Org??nica de Comunas n?? 1777 y la ley n?? 1964 de Promoci??n de la Igualdad entre Derechos y Obligaciones.
En uno de los puntos de la denuncias se destaca que las atribuciones dadas a la Junta Comunal de ejercer el ???Poder de Polic??a??? dentro de su ??mbito ???no son realizadas??? y por ende la ??ntima a cumplir ???dicha atribuci??n y obligaci??n???.
M??s adelante se especifica que la ???promoci??n de la participaci??n de los vecinos en la Gesti??n de Gobierno de la Comuna y en la elaboraci??n y planificaci??n de las pol??ticas???, previstas en el cap??tulo 1 titulo 2 de la Constituci??n de la Ciudad, tampoco es una cuesti??n atendida por los miembros de la Junta. ???Se niega a que participe el vecinos de la Gesti??n Comunal, no dejando que participe el vecino en sus reuniones, no entregando la informaci??n p??blica requerida, no aceptando los proyectos de vecinos independientes por fuera del Consejo Consultivo Comunal, no haciendo una amplia difusi??n de su trabajo en el territorio de la Comuna 9??? aclara el texto original de la denuncia poniendo el ??nfasis en una discriminaci??n hacia los vecinos.
Respecto al funcionamiento del Consejo Consultivo Comunal, tambi??n se hace menci??n de varias irregularidades, mencionando que La Junta Comunal debe garantizar el correcto funcionamiento del Consejo Consultivo Comunal y que por parte del presidente de la misma est?? ???la obligaci??n de convocar al Consejo Consultivo Comuna.
El texto afirma que ???La Junta Comunal no cumple con esto??? ya que no realiza ???una difusi??n masiva de las reuniones del Consejo Consultivo Comunal en todo el territorio de la Comuna y no hace cumplir a dicho ??rgano P??blico el cumplimiento de funcionamiento a Escala Barrial como lo establece el Art 34 de la Ley 1777???, siendo la Junta Comunal c??mplice del reglamento aprobado por el Consejo Consultivo Comunal que esta fuera de la ley y donde se denunci?? p??blicamente en varios medios barriales y ante la Defensora de la Ciudad las irregularidades en el momento de su aprobaci??n y adem??s no hace publica el reglamento ni las actas del Consejo Consultivo Comunal, ni las medidas que realiza para controlar quien participa del mismo???.