Una ley porte??a evita la publicidad enga??osa

La misma ya rige en la Ciudad y aclara que el detalle debe ser legible e indicar, adem??s, vigencia territorial y tiempo de la promoci??n anunciada.

En la ciudad de Buenos Aires rige la ley 3632, por la cual las empresas que promocionen sus productos con un precio sugerido deber??n informar los locales en donde se vender??n a ese valor.

La misma afecta a todas las publicidades de precios de bienes dirigidas a consumidores finales que se difundan en la v??a p??blica de la Ciudad, en donde se utilice la expresi??n «precio sugerido» o frase de similar significado.

Sostiene que se deber?? indicar al pie de la pieza publicitaria la vigencia territorial y temporal del precio anunciado; la identificaci??n de los lugares espec??ficos, d??nde se pueden adquirir los bienes a ese costo; y una l??nea telef??nica gratuita o p??gina web donde obtener informaci??n espec??fica sobre la ubicaci??n de los mismos.

La norma fue sancionada por la Legislatura porte??a y establece que la informaci??n deber?? insertarse con caracteres tipogr??ficos de altura igual o mayor al dos por ciento de la pieza utilizada en el respectivo mensaje publicitario. Los caracteres ser??n exhibidos con un tipo de letra f??cilmente legible y un contraste de colores equivalente al de la menci??n del bien ofrecido.

Tambi??n fija que, verificada la existencia de infracci??n, el anunciante ser?? pasible de las sanciones previstas en la Ley nacional 22.802 de Lealtad Comercial, conforme el procedimiento establecido por la Ley 757 de la Ciudad.